|
¿Cómo funciona el proceso de bancarrota en Estados Unidos?
Declarar una bancarrota es un trámite complicado, largo, costoso y sobre todo muy estresante. Acarrea graves consecuencias financieras a corto y largo plazo, pero muchas veces resulta la única salida viable para quienes ya han agotado todos sus otros recursos.
En tiempos difíciles, muchas personas se encuentran en la situación de no saber cómo enfrentar sus finanzas ante drásticos cambios. Tal es el caso de mi amigo Carlos, un agente de bienes raíces que gracias al “boom” inmobiliario de Florida en los recientes años obtuvo grandes ingresos por su trabajo y además invirtió en varios negocios con la expectativa de generar sustanciales ganancias. Ahora Carlos no solo ha visto sus ingresos reducirse seriamente a raíz de la crisis que enfrenta el mercado inmobiliario actual, sino que -además de gastarse un poco más de lo debido- también invirtió en propiedades en pre-construcción que ahora no tiene cómo seguir pagando. Su caso no es aislado. Ante estos cambios tan dramáticos en su situación financiera Carlos, como muchas otras personas, está considerando una bancarrota. También me contaba cómo el enorme peso de sus deudas lo hicieron sentirse en un callejón sin salida y que entre la presión de los cobradores y tratar de sobrevivir el día a día, encima de una grave crisis de salud, también acabó con su matrimonio. En un intento de mitigar la presión de las deudas, la bancarrota surge como opción, pero lo que muchas personas no saben es que aún con este proceso es posible que no todas esas deudas desaparezcan por completo. Todo dependerá del tipo de deuda y del proceso que la corte permita que solicites, según tus condiciones particulares, siendo las dos modalidades de bancarrota las del capítulo 7 y según el capítulo 13. Mediante el capítulo 7, la Corte designa a un representante o persona de confianza que estará encargado de liquidar tus deudas con lo obtenido por la venta de tus bienes. Esta persona, llamada el síndico, venderá las propiedades no exentas por la corte obteniendo el producto o patrimonio de la bancarrota para pagar a los acreedores. El patrimonio que obtenga se distribuirá según un orden que establece la corte y que depende de tus deudas. Aunque el Código de Bancarrota es una Ley Federal, las propiedades exentas y no exentas de liquidación para este fin varían por estado. Por ejemplo, en Florida, uno se puede declarar en bancarrota y aún conservar su casa, cosa que no pasa en otros estados.
Cuando una persona se acoge a la bancarrota bajo el capítulo 13, acuerda con la corte un plan de pagos que puede ser de 3 a 5 años de duración; el plan puede incluir satisfacer la totalidad de lo adeudado o una parte. ¡Cuidado! Esto es muy distinto a un plan de pagos administrado por una empresa de asesoría de crédito; en una bancarrota, la corte define las condiciones de pago, la deuda no generará intereses pero las condiciones no están abiertas a negociaciones. Lo bueno es que el proceso de bancarrota evita que los cobradores continúen el proceso de cobranza y sus llamadas constantes. Bajo la nueva ley de bancarrotas aprobada en 2005, todos los deudores deben obtener consejería de deudasANTES de hacer la solicitud, y nuevamente después de que la corte defina la solución del caso o si algunas deudas son perdonadas. Este requisito pudiera en muchos casos disuadir seguir el proceso. A veces la angustia puede no dejarte ver una solución que un asesor profesional pudiera recomendar. Lo importante en estos casos es obtener la asesoría adecuada y confiable. De hecho, como la corte va a exigir un certificado de haber tomado estos cursos, existe una lista de estas empresas aprobadas, según el estado de residencia, en la página Web del Departamento de Justicia. Los cambios a la ley limita el tipo de bancarrota a la que te puedes acoger, dependiendo de tus ingresos. Si tienes ingresos altos, es posible que no puedas optar a la bancarrota por el capítulo 7 y tener que hacer un plan de pagos de tus deudas con el capítulo 13. Si te decides a presentar una solicitud de bancarrota a la corte, debes incluir toda la información de tus deudas existentes, los ingresos con los que cuentas, tus activos y propiedades. La corte evaluará tus posibilidades y medios (means test) y determinará qué tipo de bancarrota podrás iniciar. Recuerda que las cuentas que no listes no podrán ser consideradas para repago o para ser condonadas. Se recomienda que no vayas a este proceso sin la asistencia de un representante legal de confianza y éstos (abogados y consejeros legales) también están obligados a cumplir nuevos requisitos que hacen el proceso un poco más complicado y pudieran encarecen los honorarios; sin embargo, muchos abogados ofrecen una consulta inicial gratis en la que te explicarán los costos totales y las estrategias a seguir, incluyendo posibles programas de subvenciones federales o recursos gratis.
La bancarrota, tu historial de crédito y tus deudas Solo tú puedes decidir si este procedimiento realmente te conviene y si es el único camino viable que te queda. Una bancarrota por el capítulo 7 se mantendrá en tu historial de crédito por lo menos por 10 años, pero si no posees pertenencias valiosas como una casa o un auto, si después de todos tus gastos mínimos para sobrevivir no te queda dinero para cancelar tus deudas y la mayoría de estas son de tarjetas de crédito, es muy posible que este procedimiento sea una solución en casos desesperados. Pero si posees bienes a tu nombre como una casa o un auto, te has atrasado en muchos pagos debido a una inesperada pérdida de tu trabajo o una enfermedad, discapacidad temporal para trabajar y te puedes recuperar en un periodo corto futuro, optar por la bancarrota bajo el capítulo 13 puede ayudarte a restablecer tu salud financiera con un plan de pagos. Esta aparecerá en tu crédito por al menos 7 años. No todas las deudas desaparecen con la bancarrota, ni antes, ni con la nueva ley. No esperes que se eliminen compromisos adquiridos por préstamos estudiantiles, impuestos federales o estatales atrasados, manutención y pensión de alimentos según un acuerdo de divorcio, así como algunas deudas respaldadas con propiedades. Por lo general, las deudas que sí pudieran ser condonadas son las de tarjetas de crédito y otros préstamos sin colateral. Otras deudas que no se borran son: Deudas de impuestos y deudas gubernamentales por multas y penalidades, las generadas por sentencias judiciales o restituciones de deudas criminales (determinadas por la corte en un juicio criminal); las deudas por daños a terceros (o responsabilidad civil) causados al conducir un vehículo automotor en estado de intoxicación o bajo la influencia de drogas o cualquier deuda que no se hayan incluido en la solicitud de bancarrota. Después de iniciado el procedimiento, los acreedores no pueden intentar acciones para cobrarte (no más llamadas de los cobradores) o recuperar los colaterales sin el permiso de la corte. Una vez la corte emite la sentencia estarás comprometido a cumplirla. Deberás tomar otro curso adicional de cómo administrar tus finanzas personales con el objeto de minimizar el riesgo de un nuevo fracaso, pero sobre todo para que conozcas como manejar tus recursos, ahorrar y vivir dentro de tus posibilidades. E. González
|